Coronavirus y la carga pública
Con el fin de abordar la posibilidad de que gente indocumentada afectada por el coronavirus pueda ser reacia a buscar los servicios de prevención o el tratamiento médico necesarios, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ha anunciado que los exámenes, tests, tratamientos o vacunas (si se volviera disponible) para niños y adultos relativos al coronavirus no impactarán negativamente a las personas indocumentadas como parte de un futuro análisis público, aun si dicho tratamiento lo provea o pague un beneficio público como ser Medicaid, que está financiado federalmente.
¿Cuál es la nueva regla de carga pública?
Una resolución judicial del 27 de enero de 2020 mantuvo la nueva regla de carga pública se va entrar en vigor el 24 de febrero de 2020. El Departamento Federal de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security, DHS) ha emitido nuevas reglas que permiten al gobierno negar la solicitud de ingreso de una persona a los Estados Unidos o negar una solicitud de cambio de estatus migratorio si usa beneficios públicos, incluyendo Medicaid.
- La regla define a una "carga pública" como un inmigrante que utiliza beneficios públicos o
depende del apoyo financiero del gobierno. - Las personas pueden ser consideradas una carga pública si actualmente utilizan beneficios
públicos o es probable que los usen en el futuro. Las determinaciones se basan en los niveles
de educación e ingresos, entre otros factores.
La nueva regla amplía los beneficios públicos que el DHS considera en las determinaciones de cargas públicas para incluir:
- Medicaid, excepto para cualquier persona menor de 21 años y mujeres embarazadas.
- Cupones de alimentos, también conocidos como Programa de Asistencia Nutricional
Suplementaria (Supplemental Nutrition Assistance Program, SNAP). - Asistencia temporal en efectivo.
- Asistencia de vivienda de la Sección 8 y otras formas de vivienda subsidiada.
Otros beneficios públicos, incluyendo Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary
Assistance for Needy Families, TANF), Ingreso Suplementario de Seguridad (Supplemental Security
Income, SSI) y Asistencia Pública para Cuidado de Largo Plazo (Public Assistance for Long-term
Care) en una institución, continuarán utilizándose en las determinaciones de cargas públicas.
¿A quién se aplica esta regla?
- Individuos que buscan admisión a los EE.UU.
- Individuos que buscan cambiar su estatus para convertirse en residentes permanentes legales
o titulares de tarjeta verde (green card) desde dentro de los EE.UU. - Individuos dentro de los EE.UU. que tienen una visa de no inmigrante y buscan extender su
estadía en la misma clasificación o cambiar su estatus a una clasificación diferente de no
inmigrante.
¿Quién se considera una "carga pública"?
Una carga pública es un inmigrante que recibe uno o más beneficios públicos por más de 12 meses en total dentro de un período de 36 meses. Por ejemplo, si una persona recibe dos beneficios en un mes, se consideran dos meses de beneficios públicos. La forma en que se cuentan estos beneficios está determinada por si fueron utilizados antes o después del 24 de febrero de 2020. Le recomendamos que hable con un experto en inmigración para entender su situación.
¿Quiénes son las excepciones a la regla?
Es muy importante saber que hay excepciones a esta regla, especialmente cuando se trata de seguro de salud. La nueva regla NO se aplicará a:
- Aquellos que han utilizado beneficios antes del 24 de febrero de 2020.
- Beneficiarios de Medicaid menores de 21 años.
- Beneficiarias de Medicaid que están embarazadas y hasta 60 días después del parto.
- Niños que reciben cobertura a través del Programa de Salud Infantil de Maryland (Maryland
Children’s Health Program, MCHP). - Personas que reciben un plan de salud privado a través de Maryland Health Connection,
incluyendo aquellos que reciben Créditos Tributarios Anticipados de Prima (Advanced
Premium Tax Credits, APTC) para ayudar a pagar su plan. - Programas humanitarios para refugiados y receptores de asilo, o peticionarios bajo la Ley de
Violencia contra la Mujer (Violence against Women Act, VAWA). - Destinatarios de servicios médicos de emergencia o fondos de socorro en caso de desastre.
- Solicitantes de Estatus de Protección Temporal (Temporary Protected Status, TPS).
- Inmigrantes que ya han obtenido el estatus de Residente Permanente Legal (titulares de
tarjeta verde)
¿Están sujetos a la carga pública los residentes permanentes legales que han cumplido con el período de espera (bar) de cinco años y ahora son elegibles para Medicaid?
En la mayoría de los casos, un residente permanente legal o un titular de tarjeta verde que ha estado en los EE.UU. por cinco o más años (período de espera) puede recibir beneficios de Medicaid, sin que dichos beneficios sean considerados en una determinación de carga pública. Sin embargo, en algunos casos un residente permanente legal puede estar sujeto a la carga pública a su regreso a los EE.UU., después de un viaje prolongado al extranjero, porque luego podría ser visto como solicitante de admisión a los EE.UU.
¿Qué pasa si algunos miembros de la familia reciben beneficios públicos y otros no?
Si usted está solicitando cambiar su estatus migratorio, solo cuentan los beneficios públicos que recibe usted. Por ejemplo, si sus hijos reciben Medicaid, MCHP o cupones de alimentos, no contará en su contra. Si tiene preguntas sobre su situación familiar específica, debe hablar con un experto en inmigración.
Descargo
Este material se proporciona únicamente con fines informativos y no con el fin de proporcionar asesoramiento legal. Debe ponerse en contacto con un abogado para obtener asesoramiento con respecto a cualquier problema o problema en particular.
Recursos para servicios legales de inmigración
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Caridades Católicas de Washington D.C. (Catholic Charities of Washington D.C.) |
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